si somos iguales, ¿PORQUÉ NOS TRATAN DIFERENTE?


Hola blogeros!!Somos tres estudiantes del grado en RR.LL y Recursos Humanos, nuestros nombres son; sandra, Vanesa y Susana y hemos creado este blog con la intención de reflexionar sobre las desigualdades todavia existentes en la sociedad en la que vivimos, tanto las relacionadas con el trato dispar entre hombres y mujeres como las referentes a las personas con algún tipo de discapacidad.


Tener en cuenta, que: Si queremos ser iguales,PODEMOS!

miércoles, 13 de abril de 2011

LEY DE IGUALDAD

La Ley de Igualdad, cuyo titulo verdadero es Ley Orgánica 3/2007 de 22 de marzo, para la igualdad efectiva de mujeres y hombres, fue aprobada por las Cortes Generales de España.

El principio de igualdad ante la ley es el que establece que todos los hombres y mujeres son iguales ante la ley, sin que existan privilegios ni prerrogativas de sangre o títulos nobiliarios. Es un principio esencial de la democracia.

El artículo 14 de la Constitución española proclama el derecho a la igualdad y a la no discriminación por razón de sexo.
Por su parte, el artículo 9.2 consagra la obligación de los poderes públicos de promover las condiciones para que la igualdad del individuo y de los grupos en que se integra sean reales y efectivas.

La igualdad entre mujeres y hombres es un principio jurídico universal reconocido en diversos textos internacionales sobre derechos humanos, entre los que destaca la Convención sobre la eliminación de todas las formas de discriminación contra la mujer, aprobada por la Asamblea General de Naciones Unidas en diciembre de 1979 y ratificada por España en 1983.

Debemos tener en cuenta lo qu dice el art.14 de la Constitución:
Los españoles son iguales ante la ley, sin que pueda prevalecer discriminación alguna por razón de nacimiento, raza, sexo, religión, opinión o cualquiera otra condición o circunstancia personal o social.

AVANCES HACIA LA IGUALDAD




Con la entrada en vigor de la Ley orgánica 3/2007 del 22 de marzo, para la Igualdad Efectiva entre Mujeres y Hombres, las empresas se plantean un nuevo reto: incorporar medidas en materia de igualdad, con el fin de eliminar discriminaciones y equilibrar la situación de mujeres y hombres dentro de sus organizaciones.
Para alcanzar esta meta (equilibrio) se cuenta con una herramienta efectiva que determina las actuaciones a desarrollar dentro cada empresa: el Plan de Igualdad, que establecerá el conjunto de medidas a implantar.


LAS EMPRESAS QUE IMPLANTEN UN PLAN DE IGUALDAD RECIBIRÁN:
  • Distintivo en Igualdad: Que le servirá para exhibir en sus transacciones comerciales y para conseguir un contrato público.
  •  
  • Rango Preferente: A la hora de ser adjudicatarias de contratos públicos.
LAS EMPRESAS QUE NO CUMPLAN CON LAS OBLIGACIONES EN MATERIA DE PLANES DE IGUALDAD ESTARÁN COMETIENDO UNA INFRACCIÓN:

La Ley Orgánica 3/2007, de 22 de marzo para la Igualdad Efectiva de Mujeres y Hombres establece las sanciones e indemnizaciones que se podrán aplicar a las empresas que cometan esta infracción, así como la posibilidad de conmutar sanciones accesorias si establecen las empresas Planes de Igualdad.

IGUALDAD ENTRE SEXOS





EDUCAR PARA LA IGUALDAD




La educación para la igualdad de oportunidades establece que hombres y mujeres son iguales por su condicción y dignidad humana, tanto intelectual, física y emocional, lo que les permite unificar pautas u normas de convivencia, y lograr minimizar las desigualdades que se presentan en la vida: familiar, laboral y social.

Desde nuestro punto de vista, un punto muy importante que condiciona las desigualdades existentes entre hombres y mujeres en nuestra sociedad es la EDUCACIÓN. Si volvemos la vista atrás, mujeres y hombres eran educados de formas muy distintas. Las mujeres para cuidar el hogar y al marido y el hombre para trabajar fuera de casa. Cada uno ocupaba su propio rol y muy raramente se intercambiaban o se mezclaban.
Hoy en día el tipo de educación ha cambiado, hombres y mujeres se educan en las mismas condiciones, pero todavía existen prejuicios sociales que hacen que persistan las diferencias entre ambos sexos, por eso es necesario seguir adelante y luchando para que se llegue a un equilibrio, un equilibrio merecido.

martes, 12 de abril de 2011

CARTA A LA MUJER

Un compromiso reforzado en favor de la igualdad entre mujeres y hombres: una Carta de la Mujer

La Comisión ha aprobado una Carta de la Mujer para promover de forma más eficaz la igualdad entre mujeres y hombres en Europa y en el mundo. Las desigualdades por motivo de género afectan directamente a la cohesión económica y social, así como al crecimiento sostenible, la competitividad y el desarrollo demográfico.

ACTO

Comunicación de la Comisión de 5 de marzo de 2010 titulada «Un compromiso reforzado en favor de la igualdad entre mujeres y hombres - Una Carta de la Mujer: Declaración de la Comisión Europea con motivo del Día Internacional de la Mujer 2010 en conmemoración del 15º aniversario de la adopción de la Declaración y la Plataforma de Acción de la Conferencia Mundial de las Naciones Unidas sobre la Mujer celebrada en Pekín, y del 30º aniversario de la Convención de las Naciones Unidas sobre la Eliminación de todas las Formas de Discriminación contra la Mujer» [COM(2010) 78 final - no publicada en el Diario Oficial].

SÍNTESIS

La presente Declaración política refuerza el compromiso de la Comisión en favor de la igualdad entre mujeres y hombres en la Unión Europea (UE) y también en el resto del mundo.
La Comisión subraya la necesidad de contemplar la igualdad de género en el conjunto de sus políticas. Por consiguiente, la Carta propone cinco ámbitos de actuación específicos.

Ámbitos de actuación en favor de la igualdad entre mujeres y hombres, la independencia económica, que debe alcanzarse especialmente luchando contra la discriminación, los estereotipos en materia de educación, la segregación en el mercado laboral, el empleo precario, el trabajo a tiempo parcial involuntario y la distribución desequilibrada de las obligaciones familiares entre hombres y mujeres. La Comisión se compromete a garantizar la plena realización del potencial de la mujer y la utilización de todas sus competencias. Sus iniciativas deberán facilitar una distribución más equitativa de hombres y mujeres en el mercado laboral y permitir un aumento del empleo de calidad para las mujeres.
Igualdad en el salario de hombres y mujeres (por el mismo trabajo o un trabajo del mismo valor), que no se cumple en la UE. La Comisión se compromete a luchar contra las diferencias salariales haciendo uso de todos los instrumentos disponibles, incluidos los legislativos.

La representación de las mujeres en la toma de decisiones y en los puestos de responsabilidad, ámbitos en los que siguen estando infrarrepresentadas respecto a los hombres, tanto en el sector público como en el privado. La Comisión se compromete a trabajar por una representación más equitativa de las mujeres, especialmente mediante incentivos a nivel comunitario.
El respeto de la dignidad e integridad de las mujeres, así como la erradicación de la violencia de género, incluidas las costumbres y tradiciones dañinas. Efectivamente, la Carta reafirma el compromiso de la Comisión con los derechos fundamentales. Sus iniciativas deberán ir encaminadas principalmente a eliminar las desigualdades en el acceso a la atención sanitaria y a erradicar toda forma de violencia de género. Podrá hacer uso de los recursos penales, dentro de los límites de sus competencias.

La acción exterior de la UE en materia de igualdad entre mujeres y hombres debe permitir el apoyo al desarrollo de las sociedades sostenibles y democráticas. La Comisión se compromete a defender la igualdad entre mujeres y hombres en el marco de sus relaciones con terceros países. Deberá emprender acciones de sensibilización, cooperación con las organizaciones internacionales y regionales competentes, y apoyo a los agentes estatales y no estatales.

Contexto
La Carta fue aprobada en 2010 con motivo del Día Internacional de la Mujer y del 15º aniversario de la conferencia mundial sobre la mujer.
En septiembre de 2010 la Comisión aprobó una estrategia para el periodo 2010-2015 en materia de igualdad entre mujeres y hombres. Esta estrategia deberá servir como marco para la coordinación de las iniciativas en todos los ámbitos de actividad de la UE.

lunes, 11 de abril de 2011

IGUALDAD ENTRE HOMBRES Y MUJERES

Participación equilibrada de hombres y mujeres en la actividad profesional y en la vida familiar

El Consejo anima a los Estados miembros a que definan estrategias destinadas a fomentar una participación equilibrada de hombres y mujeres en la vida familiar y en la actividad profesional.

ACTO

Resolución del Consejo y de los ministros de trabajo y asuntos sociales, reunidos en el seno del Consejo de 6 de junio de 2000 relativa a la participación equilibrada de hombres y mujeres en la actividad profesional y en la vida familiar [Diario Oficial C 218 de 31.7.2000].

SÍNTESIS

La Resolución se enmarca en el Consejo Europeo de Lisboa (23-24 de marzo de 2000), que reconoció la importancia de mejorar todos los aspectos de la igualdad de oportunidades, incluidos aquellos que permiten conciliar la vida laboral y la vida familiar.

El principio de igualdad entre hombres y mujeres supone la necesidad de compensar la desventaja de las mujeres por lo que se refiere a las condiciones de acceso y participación en el mercado de trabajo y la desventaja de los hombres en lo que se refiere a las condiciones de participación en la vida familiar. Se alienta a los Estados miembros a elaborar estrategias globales e integradas que tengan en cuenta los puntos siguientes:
  • la posibilidad de reconocer a los hombres trabajadores un derecho al permiso de paternidad —manteniendo sus derechos en materia laboral—, y derechos que les permitan prestar un apoyo sustancial a la vida familiar;
  • reforzar las medidas que favorezcan un reparto equilibrado entre los trabajadores —hombres y mujeres— de los cuidados que deben prestarse a los hijos, personas de edad, personas con discapacidad y otras dependientes de ellos;
  • reforzar las medidas que fomenten el desarrollo de servicios de apoyo a las familias y, en especial, la mejora de las estructuras de cuidados a los niños;
  • otorgar, en su caso, una protección específica a las familias monoparentales;
  • estudiar la posibilidad de armonizar los horarios escolares (organización de los programas escolares) y laborales;
  • aplicar incentivos y medidas de apoyo a las organizaciones no gubernamentales que se comprometan activamente con el fomento de la igualdad de oportunidades;
  • concebir, realizar y fomentar periódicamente campañas informativas y de sensibilización para hacer progresar las mentalidades, tanto en el conjunto de la población como en grupos específicos;
  • alentar a las empresas, en particular a las pequeñas y medianas empresas, a introducir y a aplicar en mayor medida prácticas de gestión que tengan en cuenta la vida familiar de sus trabajadores y trabajadoras.

lunes, 21 de marzo de 2011

DANZA










QUIEN DIJO MIEDO?? Que nada ni nadie te impida hacer lo que te gusta, no mires los obstáculos, no seas verdugo de tus miedos, no digas: NO PUEDO...

No temas el hacer posible que se cumplan tus sueños, porque no éxiste ningún obstáculo que no se pueda esquibar.